ENARGAS reglamentó la habilitación de vehículos de gran porte de producción nacional propulsados a gas natural

El Ente Nacional Regulador del Gas
(ENARGAS) informa que mediante la Resolución N° 432/2021 aprobó la NAG-452 para
la habilitación de vehículos destinados al transporte, producidos en el
Territorio Nacional, propulsados mediante el uso de gas natural.
El objetivo de esta nueva norma es
establecer el procedimiento para habilitar la utilización y abastecimiento del
gas natural como combustible en vehículos carreteros destinados al transporte
de pasajeros o de carga, desde la instancia de su producción en el país hasta
los posteriores controles luego de su comercialización inclusive. Por ello, la
NAG-452 está orientada a la reglamentación de un nuevo polo de demanda de gas
natural, que traerá aparejado el desarrollo de tecnologías de alto valor
agregado y la generación de nuevas fuentes de trabajo con empleo de mano de
obra calificada.
La nueva norma se llevó a cabo con el
propósito de promover y facilitar políticas tendientes a mejorar la calidad y
eficiencia del servicio de transporte público terrestre de pasajeros o de
carga, en términos de una movilidad más saludable por la reducción de emisiones
gaseosas y sonoras contaminantes, particularmente valorable en zonas de alta
concentración urbana y por la disminución de costos de logística, con la
utilización de un combustible de menor precio relativo.
Además, tiene la intención de promover un
uso seguro y racional de la energía, tomando en cuenta la utilización de
tecnologías certificadas a través de reglamentaciones nacionales, de normas
internacionales, regionales y de países de reconocida trayectoria en la
materia.
La Resolución establece que todo Fabricante
de Vehículos Propulsados mediante el uso de Gas Natural como combustible
(FVPGN), deberá inscribirse como tal en el Registro de Matrículas Habilitantes
(RMH), cumpliendo con todos los requerimientos ya establecidos para esa figura.
También determina que todo FVPGN deberá presentar y mantener vigentes las
certificaciones que correspondan expedidas por un Organismo de Certificación
reconocido por el ENARGAS, en carácter de Organismo de Certificación
interviniente.
Contar con un marco reglamentario para
habilitar el uso del gas natural como combustible de vehículos carreteros,
desde su producción en terminales automotrices y controles posteriores a su
comercialización, también podría favorecer el desarrollo de una industria
nacional de alto valor agregado, con potencial exportador, generadora de nuevas
fuentes de trabajo y actividades industriales colaterales.
Dicho esquema rescata la posibilidad de
incentivar un recurso competitivo y a escala, como resulta la producción de gas
natural de la cuenca neuquina y austral, ahora impulsada por las inversiones en
áreas geológicas no convencionales. El desarrollo de este tipo de vehículos
constituye una tendencia mundial en lo que respecta al uso de combustibles cuya
utilización genere un menor impacto ambiental en términos de emisiones gaseosas
y sonoras.