Rige la Resolución 164 que crea la Comisión de Usuarios Adultos y Adultas Mayores en ENARGAS


Mediante la Resolución 164/2020, el ENARGAS creó hoy la Comisión de Usuarios Adultos y Adultas Mayores que funcionará en el ámbito del Organismo. Los integrantes deberán ser representantes de agrupaciones, asociaciones, cámaras u organizaciones que agrupen a los Centros de Jubilados (todas las categorías).

El objetivo principal de la flamante Comisión, es que los Centros de Jubilados y el universo de usuarios y usuarias que abarca tengan un canal de intercambio directo con el Organismo para plantear sus inquietudes, necesidades y propuestas en relación con el servicio, trabajando asimismo en la asistencia de información y en la creación o actualización de normativas propias.

Importa destacar que, en calidad de observadores, la Secretaria de Energía -dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo-, la Dirección Nacional de Políticas de Adultos Mayores (DINAPAM) de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia -dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación-, la Secretaria de Seguridad Social -dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación-, La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), en la órbita del Ministerio antes citado, y el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) fueron invitados a participar para tomar conocimiento de los planteos que se efectúen en las mesas de trabajo de la flamante Comisión para que, en sus respectivos ámbitos, encaren las acciones que consideren convenientes.

La Comisión de Usuarios Adultos y Adultas Mayores tendrá como objeto expedirse sobre temas vinculados con los intereses y derechos de los usuarios y usuarias que nuclean y hacer conocer su opinión a la Máxima Autoridad del Organismo. Las propuestas que surjan en el ámbito de la comisión no resultarán vinculantes para el ENARGAS, no obstante el compromiso que se asume para su debido tratamiento, a fin de que se realicen los análisis pertinentes y eventualmente se dicten los actos o medidas respectivas que surjan de los procedimientos aplicables de competencia del Organismo.

Entre las facultades que tendrá la comisión se encuentra la de dictar su propio reglamento de funcionamiento, el que será puesto en conocimiento del ENARGAS para su aprobación y seleccionar a un representante, para que participe en cada Delegación del Organismo y ante las Subdelegaciones a crearse. Todos los integrantes de la comisión participarán ad honorem.

El Congreso Nacional, a través de las propuestas que formulen sus respectivas Cámaras, podrá asistir a las reuniones de la comisión, con un representante.

Por otro lado, la Asociación de Distribuidores de Gas (ADIGAS) podrá estar presente en las reuniones de la Comisión en carácter de observadora, con un representante en la misma que actúe como vehículo de comunicación inmediata con los integrantes de su Asociación, respecto de aquellas cuestiones o decisiones que se planteen en la mesa de trabajo.