El ENARGAS resolvió que las personas con permiso habilitante para circular durante la emergencia sanitaria puedan renovar las obleas de GNC vencidas de sus vehículos


El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) informa que a través de la resolución 5/2020, resolvió que las operaciones de revisión de equipos  y renovación de obleas habilitantes para los vehículos propulsados con GNC, durante el aislamiento social preventivo y obligatorio, se efectuarán únicamente en aquellos cuya oblea de habilitación hubiera vencido en marzo de 2020 y cuyo titular del trámite sea un sujeto exceptuado por la normativa emitida en el marco de la emergencia sanitaria y cuente con el certificado para circular expedido por la autoridad correspondiente conforme Resolución N° RESOL-2020-48-APN-MI, Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-446-APN-JGM o la que en el futuro las reemplace o modifique.

El Interventor del ENARGAS, Lic. Federico Bernal, al respecto declaró “hemos resuelto que, en el marco de esta emergencia sanitaria, las personas habilitadas para circular por la normativa, que en la mayoría de los casos prestan servicios esenciales, puedan revisar los equipos de GNC de sus vehículos y renovar las obleas vencidas en el mes de marzo de 2020.”

Bernal también destacó que “La renovación anual de la oblea requiere de una revisión técnica del equipo completo de GNC que certifique su correcto funcionamiento y esta es una condición esencial de seguridad para la circulación y para la carga del combustible en el vehículo”. El interventor señaló que “de modo que, esta es una medida necesaria en este difícil momento, porque estas personas necesitan sus vehículos para circular y así poder prestar los servicios esenciales que desempeñan, por ello es importante que puedan continuar esas tareas con sus móviles propulsados con GNC.”

El personal de los Talleres de Montaje, Productores de Equipos Completos, Centros de Revisión Periódica de Cilindros, y sus Representantes Técnicos, con sus respectivas habilitaciones vigentes que presten este servicio, deberá a su vez poseer el certificado para circular expedido por la autoridad correspondiente conforme Resolución N° RESOL-2020-48-APN-MI, Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-446-APN-JGM o la que en el futuro las reemplace o modifique, según corresponda.

Por otra parte, estos sujetos que presten el servicio de revisión y renovación de obleas deberán adoptar todos los recaudos que correspondan para la protección de la salud de los recursos humanos que resulten necesarios para las tareas a desarrollar, así como de quienes concurran a sus instalaciones, conforme la normativa de aplicación en el marco de la emergencia pública sanitaria y según la oportuna reglamentación que emita este Organismo en orden a ello.


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