ENARGAS somete a consulta pública un proyecto de norma sobre Seguridad en Plantas Compresoras de gas natural
El Ente Nacional Regulador del Gas
(ENARGAS) informa que ha puesto en consulta pública el proyecto de norma NAG-126 (2022) “Seguridad en Plantas Compresoras de gas natural”, en los términos del Artículo 52 inc.
b) de la Ley N° 24.076.
Esta iniciativa, motivada a propuesta
de un extenso trabajo realizado por los operadores de los Servicios Públicos de
Transporte y Distribución de Gas regulados por esta Autoridad Regulatoria, es el resultado de un trabajo técnico interno
que ha permitido arribar al proyecto de norma que se pone a consulta pública y
el cual se enmarca dentro de las funciones y facultades normales y habituales
encomendadas al Ente.
Federico Bernal, Interventor del
ENARGAS, explicó que “el presente proyecto de norma -que alcanza todo el sector
regulado de Transporte y Distribución-, encuentra coincidencia temporal con el
desarrollo y la ejecución del Programa Sistema de Gasoductos 'Transport.Ar
Producción Nacional' creado por la Resolución N° 67/22 de la Secretaría de
Energía y cuya construcción fue delegada en Integración Energética Argentina
S.A. (IEASA) por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 76/22, el cual
tiene previsto la construcción de diferentes Plantas Compresoras en distintos
Sistemas de Transporte”.
“Desde el año pasado, el ENARGAS -prosiguió
el Interventor- ha comenzado un camino de modernización normativa bajo su
órbita de competencia, a los efectos de mejorar y optimizar los estándares
normativos de la industria regulada del Transporte y Distribución de Gas
argentino, en coincidencia con los objetivos del desarrollo del Programa
Sistema de Gasoductos 'Transport.Ar Producción Nacional'. Creemos, asimismo, que
también generará una muy importante optimización de las inversiones, en
paralelo a un incremento de la seguridad”.
En esta dirección, y dando
cumplimiento a la manda encomendada al ENARGAS en materia de desarrollos y
actualizaciones normativas, esta Autoridad ha entendido oportuno y conveniente
proceder a la puesta en consulta del proyecto antes mencionado, ya que ello, no
solo permitirá contar con una norma actualizada y ajustada a los nuevos y más
modernos desarrollos técnicos y tecnológicos abordados en la temática tratada
por esta normativa -garantizando el pleno y ajustado resguardo de la seguridad y la eficiencia en
la construcción y operación de estas instalaciones-, sino que además resultará
de aplicación en los diseños constructivos de las Plantas que paralelamente desarrolla
IEASA, en el marco del programa Transport.Ar y el DNU N° 76/22 anteriormente aludido.
En lo que refiere a la actualización
de esta norma, es importante destacar que el proyecto de norma NAG-126 (2022)
que se propicia, se basa en los siguientes fundamentos de seguridad,
confiabilidad y optimización de aspectos asociados al diseño, construcción,
operación y mantenimiento de instalaciones de compresión:
a) Ampliaciones y nuevos sistemas de
transporte: las modificaciones planteadas permitirían que los proyectos sean
diseñados, de base, con criterios ingenieriles actualizados, los que podría
redundar en mayor eficiencia de inversión en el diseño y construcción que en
definitiva terminan impactando positivamente en los usuarios finales de los
sistemas.
b) Inclusión de Normas Actualizadas:
La utilización de normas actualizadas permite contar con la posibilidad de
utilizar los últimos avances de la tecnología, sin la necesidad de constantes
modificaciones en la norma base, lo que redunda en instalaciones que cuenten
con un mayor nivel tecnológico y de seguridad, que ejercen un menor impacto
sobre la población ubicada en zonas aledañas de la instalación, ya sea tanto
por la menor utilización de espacio como por la disminución de la probabilidad
de incidentes con la consecuente mejora en la calidad del servicio.
c) En línea con el punto anterior, se
incluye el Análisis de Riesgos, ello así ya que se ha aprobado con éxito en lo
que fue la actualización de la Parte G de la NAG-100 realizada por Resoluciones
ENARGAS I-3778/2016 e I-4167/2016, se incluye la herramienta del análisis de
riesgo con el fin de contemplar las condiciones específicas del sitio de
instalación de la Planta Compresora a nivel individual (caso por caso). A nivel
proyecto es distinta la localización de una planta compresora en las cabeceras
de los sistemas de transporte que en las cercanías de los lugares de consumo.
La nueva normativa permitiría considerar su relación con el medio que la rodea.
Esta característica, resulta inclusiva con los usuarios ya que, en la normativa
actual, se prescriben distancias, frecuencias de mantenimiento, etc., sea que la
instalación se encuentre en un área aislada y desértica, como en un área semi
urbana con acceso por una ruta transitada.
La norma NAG-126 contiene los
requerimientos de seguridad a los cuales se deben ajustar los diseños
ingenieriles de las plantas compresoras a construirse destinadas a la
compresión del gas natural y que dicha norma rige para el proyecto,
instalación, construcción y ampliación de plantas compresoras de gas natural,
dentro de todo el territorio nacional.
Asimismo, la NAG-126 contiene
recomendaciones fundamentales a observarse en el mantenimiento de las
instalaciones de plantas compresoras para una operación satisfactoria de las
mismas.
No es menor recordar que esta norma
proviene del clasificador de normas técnicas de Gas del Estado Sociedad del
Estado, denominada entonces como GE-N1-126: 1990 vigente hasta que, conforme lo
previsto en el Artículo 86 de la Ley Nº 24.076, el ENARGAS aprobase nuevas
normas técnicas en su reemplazo. Posteriormente, mediante la Resolución ENARGAS
Nº 2747/02, se estableció el Código Argentino de Gas NAG, por el que le otorgó
su actual nomenclatura “NAG-126 (1990)” y que desde entonces la misma no sufrió
cambio alguno.
En este punto, el Artículo 52 inc. b)
de la Ley N° 24.076 establece que es función de este Organismo “dictar
reglamentos a los cuales deberán ajustarse todos los sujetos de esta ley en
materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, de medición y
facturación de los consumos, de control y uso de medidores de interrupción y
reconexión de los suministros, de escape de gas, de acceso a inmuebles de
terceros, calidad del gas y odorización. En materia de seguridad, calidad y
odorización su competencia abarca también al gas natural comprimido”.
En ese sentido, la actualización de
la normativa en aras de acompañar el desarrollo de nuevas tecnologías resulta
un objetivo acorde al postulado expuesto precedentemente, que resulta de
competencia del ENARGAS.
Para finalizar, es relevante la
participación de los sujetos interesados y del público en general para que, por un plazo de TREINTA (30) días corridos
contados a partir la publicación de dicho acto en el Boletín Oficial de la
República Argentina, efectúen
formalmente comentarios y observaciones, los que, sin perjuicio de ser
analizados, no tendrán carácter vinculante para la Autoridad Regulatoria. Esto contribuye
a dotar de mayor eficacia al procedimiento, permitiendo evaluar las
modificaciones concretas a ser introducidas en la normativa. Por ello, todos los
interesados podrán efectuar formalmente sus comentarios y observaciones a
través de la sección institucional especialmente habilitada en la web del
Organismo, Elaboración
Participativa de Normas.