Impacto de la Ampliación del Régimen de Zona Fría (Ley N° 27.637) en la provincia de Buenos Aires
1. Beneficios
generales
• La
ampliación del Régimen de Zona Fría (RZF):
- Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2031 el régimen
establecido en el artículo 75 de la Ley N° 25.565.
- Amplía el universo de beneficiarios y beneficiarias del
Régimen, cuyo mecanismo de financiación permite solventar cuadros tarifarios
diferenciales para los servicios de gas natural por redes, gas propano
indiluido por redes y la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo
comercializado a granel en la región Patagónica, de la Puna y Malargüe. La
ampliación abarca localidades de bajas temperaturas que no se encontraban
alcanzadas hasta el momento a través del criterio de zonas bioambientales
definido en la IRAM 11.603:2012 (se involucran las zonas IIIa, IV, V y VI).
- Incorpora aproximadamente 3,1 millones de hogares al
beneficio.
• El RZF se
financia con un recargo sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso
al Sistema de Transporte (PIST), aplicable al volumen comercializado en el
país.
• La
ampliación lleva el beneficio a un total de 4 millones de usuarios y usuarias,
de los cuales 2,8 millones se encontraban pagando la factura sin ningún tipo de
descuento y recibirán a partir de agosto una reducción del 30% en el cuadro
tarifario.
• Además,
los 374 mil usuarios de gas por redes que actualmente reciben la Tarifa Social
y se encuentran en las zonas bioambientales incorporadas, también tendrán un importante
descuento de 50% sobre el cuadro tarifario. De la misma forma, en los hogares
de menores ingresos (beneficiarios de planes sociales, jubilados y jubiladas,
monotributistas sociales, entre otros), donde residan electrodependientes, y
para las EBP y SGP se aplicará una reducción del 50% en el cuadro tarifario.
• Se
incorpora a las poblaciones comprendidas en el frente marítimo y subzonas del
sur de la provincia de Buenos Aires, las provincias de La Rioja, Mendoza, San
Luis, San Juan y Salta.
• Asimismo,
se agregan localidades de las provincias de Santa Fe, Córdoba, San Luis,
Mendoza, San Juan, La Rioja, Tucumán, Catamarca, Salta y Jujuy; que actualmente
y/o en un futuro sean abastecidas de gas natural y/o gas licuado de petróleo de
uso domiciliario, las cuales obtendrán en forma automática los beneficios del
proyecto.
• De esta
forma se genera un importante aumento en el número de beneficiarios y en la
territorialidad del régimen. Se suman cinco nuevas jurisdicciones, se triplica
la cantidad de departamentos alcanzados y se aumenta significativamente la
cobertura en tres provincias que se encontraban insuficientemente alcanzadas
(Buenos Aires, Mendoza y Salta).
• El
proyecto de ampliación genera un ahorro que repercute en un mayor ingreso
disponible para los hogares, el cual podrá ser destinado a otros gastos
básicos.
• El ahorro promedio mensual de los hogares incorporados al beneficio se estima en $488 (o $5.854 anuales). Este incremento en el ingreso real de los nuevos beneficiarios resulta equivalente al 42% de los gastos en educación de un hogar vulnerable, al 19% de los gastos en ropa y calzado, o al 6% de los gastos promedio en Alimentos(1) .
2. Beneficios
específicos en la Provincia de Buenos Aires
• La provincia de Buenos Aires pasa de tener algo más de 11.200 usuarios y usuarias beneficiadas a casi 1,24 millones.
• Esta
cantidad representa un 31% de los usuarios de gas por redes de esta
jurisdicción y se estima que alcanzará a 3,91 millones de personas (22% de la
población).
• El
beneficio incorpora 94 departamentos de la provincia e implica un ahorro
promedio de $504 por mes para los beneficiarios que reciban un 30% de descuento
(1,08 millones) y de $952 mensuales en los beneficiarios que obtengan un 50%
sobre los cuadros tarifarios (154.000).
• Más de 152.000 usuarios que actualmente reciben la Tarifa Social, también tendrán un importante descuento de 50% sobre todo el cuadro tarifario.
• Las
facturas con los beneficios por esta ampliación se encuentran muy por debajo de
la tarifa que habría impactado de no haberse suspendido la tarifa de Macri.
Para el usuario y la usuaria con nueva Tarifa Diferencial (ampliación zona
fría) la reducción de la factura por consumos de invierno alcanza un ahorro del
67%, mientras que en el caso de usuarios y usuarias vulnerables, el ahorro es
del 76% respecto a lo que hubiera pagado por el servicio público de continuar
vigentes las tarifas de Macri.
3. Impacto
del beneficio en la factura. ¿A partir de cuándo?
• Los nuevos cuadros tarifarios que contienen los beneficios por la ampliación zona fría ya se encuentran publicados y las distribuidoras tienen la obligación de aplicarlos para los consumos realizados a partir del 5 de agosto de 2021.
• Los
impactos en las facturas del régimen de zona fría no resultan iguales para
todos los nuevos beneficiarios porque dependerán del “ciclo de lectura”, es
decir las fechas en las que la distribuidora realiza la lectura del medidor.
• No obstante ello, los impactos de los beneficios comenzarán a registrarse progresivamente a partir de las facturas recibidas a fines de agosto, para impactar de forma plena en las facturas de octubre y noviembre. A propósito, debe recordarse que las facturas que lleguen en octubre incluyen los consumos correspondientes a agosto y septiembre. Es decir, un mes y medio de consumo invernal.
(1)La cobertura del ahorro estimado se realizó sobre los rubros
de consumo de una Canasta Básica Total de $62.958 (abril 2021). Fuente:
elaboración propia en base a datos de ENARGAS e INDEC