Ante los comunicados de prensa de las distribuidoras de gas, en especial GAS Natural BAN y Metrogas, donde informan a los usuarios pasibles del cobro del Cargo Gas que pueden tramitar una excepción, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) enfáticamente aclara:
Desde el 6 de Febrero de 2009 el Estado Nacional a través del ENARGAS ORDENÓ a todas y cada una de las Licenciatarias de Distribución por medio de las notas ENRG/GCER/GAL/I N° 1193 y 1197 respectivamente, que debían implementar un procedimiento de excepción para los casos de familias carenciadas y otros especiales (Sociales/Humanitarios).
Todas las distribuidoras presentaron su respectivo procedimiento ateniéndose a las órdenes impartidas y siguiendo los lineamientos de análisis para cada caso de excepción.
Debe quedar claro que las excepciones serán solo para los casos de familias carenciadas, casos particulares de índole social (comedores comunitarios sin fines de lucro, etc.) y cuestiones humanitarias (temas de salud, etc.)
Por lo tanto, lo hoy anunciado por esas Distribuidoras NO tiene la claridad de mencionar la ORDEN impartida desde hace varios meses por el ENARGAS. El ESTADO NACIONAL, en franca coherencia con lo dispuesto en este tema, entendió desde el principio que podrían haber casos de inclusión (muy particulares) no deseados, que debían excluirse del cobro del CARGO GAS. Dicho cargo no es más ni menos que la eliminación del subsidio a la compra de gas de importación y por lo tanto debe transparentarse en su real incidencia a los consumos altos y superiores de clientes con mayores recursos.
Por último, el ENARGAS ya implementó un plan de auditorías a las Distribuidoras para verificar el cumplimiento de la orden impartida el 6 de febrero de 2009 y que a la fecha ha sido imputada Metrogas (en proceso sancionatorio) por no haber dado fiel cumplimiento a las obligaciones previstas dentro de las reglas básicas de la licencia.
Buenos Aires, 4 de agosto de 2009